Brucelosis: nuevos requisitos de SENASA impactarán en la ganadería entrerriana

La Federación de Asociaciones Rurales de Entre Ríos (FARER) informó a los productores sobre los nuevos requisitos sanitarios que regirán a partir del 1° de enero de 2026 y reiteró su rechazo a la medida, al considerar que no contempla la realidad sanitaria de la provincia.
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La Federación de Asociaciones Rurales de Entre Ríos (FARER) dio a conocer los nuevos requerimientos obligatorios que el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) implementará a partir de 2026 para el movimiento de hacienda, en el marco del control de la brucelosis bovina. Al mismo tiempo, la entidad manifestó nuevamente su desacuerdo con la aplicación de esta normativa en la provincia.

Desde la Federación remarcaron la importancia de informar a los productores entrerrianos, ya que se trata de una resolución de cumplimiento obligatorio que tendrá impacto directo en los sistemas ganaderos, tanto desde lo operativo como desde lo productivo y económico. Sin embargo, cuestionaron la decisión del organismo nacional de aplicar medidas uniformes sin atender las diferencias sanitarias entre provincias.

En ese sentido, FARER sostuvo que Entre Ríos presenta bajos niveles de prevalencia de brucelosis y que estas exigencias responden a realidades sanitarias distintas. “La aplicación indiscriminada de estas normas desconoce el esfuerzo sostenido que vienen realizando los productores entrerrianos desde hace años y termina castigando a una provincia que ha mostrado avances concretos y comprobables en el control de la enfermedad”, señalaron.

Asimismo, la entidad gremial advirtió que imponer mayores restricciones al movimiento de hacienda implica sumar costos y trabas innecesarias, sin que se evidencie un beneficio sanitario proporcional. Por ello, reclamaron una revisión urgente de la normativa y la adopción de un enfoque diferencial que reconozca el estatus sanitario de cada provincia.

Nuevos requisitos obligatorios

Según lo dispuesto por SENASA, a partir del 1° de enero de 2026 el movimiento de hacienda quedará sujeto al cumplimiento de una serie de pasos sanitarios adicionales vinculados a la brucelosis bovina. Entre ellos, los productores deberán:

  • Verificar el estatus sanitario del establecimiento (libre, en saneamiento o sin estatus), según los registros oficiales de SENASA.
  • Contactar a un veterinario acreditado para planificar los muestreos y controles exigidos.
  • Realizar los diagnósticos obligatorios de brucelosis en las categorías alcanzadas por la resolución, dentro de los plazos establecidos.
  • Obtener resultados negativos y la correspondiente certificación sanitaria emitida por el veterinario y validada en el sistema oficial.
  • Registrar toda la información sanitaria en los sistemas de SENASA.
  • Gestionar el Documento de Tránsito Electrónico (DT-e), que solo será autorizado si se cumplen todos los requisitos sanitarios.
  • Conservar la documentación respaldatoria ante eventuales controles en rutas, ferias, remates o establecimientos de destino.

Desde FARER alertaron que estas exigencias incrementan los costos y complejizan la operatoria diaria, afectando especialmente a los pequeños y medianos productores.

“Informamos porque es una resolución obligatoria, pero no podemos dejar de manifestar nuestro desacuerdo. Consideramos que este tipo de decisiones deberían construirse con mayor consenso y atendiendo la realidad productiva y económica del productor ganadero”, concluyeron desde la Federación.

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